¿Puedo votar en Perú este 7 de junio si tengo el DNI vencido o una multa electoral?

¿Puedo votar en Perú este 7 de junio si tengo el DNI vencido o una multa electoral?

Los ciudadanos peruanos podrán votar en la segunda vuelta de las Elecciones Generales 2026 aunque su Documento Nacional de Identidad (DNI) esté vencido. Así lo dispuso el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) mediante una resolución que extiende de manera excepcional la vigencia de estos documentos para la jornada electoral del 7 de junio. La medida alcanza tanto a los DNI vencidos como a aquellos que estén próximos a vencer y tendrá validez únicamente para el acto de votación. De esta manera, los electores podrán identificarse con el DNI azul, amarillo o electrónico, incluyendo las versiones 1.0, 2.0 y 3.0, para sufragar en la elección presidencial.

Según explicó Reniec, la decisión busca facilitar la participación de quienes no lograron renovar su documento a tiempo y garantizar que puedan ejercer su derecho al voto en los comicios que definirán al próximo presidente de Perú. La disposición fue oficializada mediante una resolución publicada el 23 de mayo en el diario oficial El Peruano. Además, la entidad informó que la medida fue comunicada al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) para las acciones correspondientes. De acuerdo con el padrón electoral, más de 27,3 millones de ciudadanos están habilitados para participar en la segunda vuelta.

Reniec también informó que, al 21 de mayo, más de 500.000 DNI de personas mayores de edad permanecían pendientes de retiro en agencias, oficinas registrales, centros MAC y otros puntos de atención del país. Por ese motivo, exhortó a los ciudadanos a recoger sus documentos. Aunque el DNI vencido podrá utilizarse para votar el 7 de junio, el organismo recordó que para realizar trámites bancarios, financieros, notariales y administrativos continúa siendo necesario contar con un documento vigente. ¿Se puede votar si tengo una multa electoral pendiente? Tener una multa electoral pendiente por no haber votado en la primera vuelta de las Elecciones Generales 2026 no impide participar en la segunda vuelta, según informó el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

El organismo precisó que el derecho al sufragio se mantiene para todos los ciudadanos, incluso cuando existan sanciones económicas impagas derivadas de procesos electorales anteriores. Además, aclaró que el pago de multas por inasistencia a la primera vuelta o por incumplir funciones como miembro de mesa no constituye un requisito para poder emitir el voto en la segunda vuelta presidencial. De esta manera, los ciudadanos que mantengan deudas electorales podrán acudir a sus centros de votación y participar de los comicios programados para el 7 de junio, siempre que figuren en el padrón electoral correspondiente.