Los dos casos en los que Digi no puede cobrarte la penalización de 100 € por romper la permanencia

Los dos casos en los que Digi no puede cobrarte la penalización de 100 € por romper la permanencia

El operador de origen rumano subió recientemente la penalización que cobra por romper la permanencia de sus tarifas con el objetivo de frenar el impacto que las tarifas anti Digi estaban teniendo en sus cuentas, como la que tiene actualmente activa Movistar. Pese a ello, no siempre estamos obligados a pagarla, aunque debemos cumplir con una serie de condiciones para poder esquivarla. Los operadores imprimen una permanencia mínima en algunos de sus productos con el objetivo de que ciertas concesiones que realizan sean rentables. En el caso de Digi, por ejemplo, la firma regala la instalación de fibra a cambio de que nos comprometamos a estar, al menos, tres meses en la compañía.

Si por cualquier razón decidimos abandonar la firma, tenemos que asumir el pago de una penalización que alcanza los 100 €. La compañía de origen rumano subió esta penalización hace unas pocas semanas y, aunque no dio ninguna explicación, todo apunta a que se trata de una medida con la que busca desincentivar que los clientes se cambien de operador cuando otra firma presenta alguna tarifa anti Digi. Es importante tener en cuenta que estas ofertas están siendo un importante problema para la compañía, que ya ha comenzado a notarlo en sus cuentas. En cualquier caso, siempre es interesante leer las condiciones del contrato, puesto que de este modo podemos saber las excepciones que nos encontramos en este tipo de decisiones.

Cuándo puedes librarte de la penalización Como anticipábamos, y pese a que los 100 € que exige Digi por abandonar la compañía antes de tiempo, la propia firma contempla una serie de excepciones. En este caso, nos encontramos con dos opciones que nos permiten esquivar el pago de esta cantidad. No obstante, como veremos a continuación tiene sentido que nos permitan no pagarla, puesto que en esencia seguiremos siendo clientes de la misma: - El primer supuesto ocurre cuando nos vamos a cambiar de domicilio y tenemos la fibra contratada con la compañía. siempre y cuando nos comprometamos a contratar al operador en nuestra nueva dirección, en este caso, tendremos tres meses más de permanencia en nuestra nueva ubicación, pero no se tendrá en cuenta la permanencia que nos faltaba por cumplir previamente. Por lo que comenzaremos desde cero y sin tener que asumir ningún coste.

Si no contratamos a Digi en nuestra nueva dirección, sí que deberemos pagar. - El segundo escenario se produce cuando somos clientes de la fibra indirecta de Digi, la que proporciona a través de un tercero, y nos pasamos a la Fibra Smart porque durante los primeros tres meses se ha realizado la instalación pertinente. En este caso, cuando nos pasemos a la Fibra Smart, mantendremos los días correspondientes hasta cumplir con los tres meses de permanencia. ¿Y si suspendes la fibra? Ahora que llega el verano, es probable que te preguntes sobre la posibilidad de suspender la fibra. Este servicio te permite cancelar la conexión durante un tiempo determinado mientras estás en tu segunda residencia y, de este modo, te ahorras la factura.

No obstante, en este caso únicamente puedes disfrutar del servicio en cuestión si has cumplido un mínimo de tres meses siendo cliente de Digi. Si llevas menos tiempo, no puedes solicitar la suspensión. Por lo tanto, a efectos prácticos sería como si te dieras de baja sin haber respetado el contrato firmado, lo que te supondría un coste de 100 €. Como hemos podido comprobar, existen fórmulas para evitar el pago de la permanencia.

Recuerda que deberás cumplir con las condiciones que te hemos mencionado y, además, te recomendamos que previamente te pongas en contacto con la compañía para evitar problemas con tus futuras facturas.