El BOE ha publicado un cambio importante en la regulación del juego online en España. El Real Decreto 520/2026, de 24 de junio, introduce un sistema de límites de depósito conjuntos por jugador. Esto hace que ahora exista un límite que agrupe todas las casas de apuestas o plataformas de juego online. Este será de 700 euros al día, 1.750 euros a la semana y 3.300 euros en un periodo de cuatro semanas.
La medida afecta a operadores y jugadores registrados. El cambio clave: el límite ya no será por cada operador Hasta ahora, los límites de depósito funcionaban de forma independiente en cada operador. Esto implicaba que un usuario podía tener límites en una casa de apuestas, pero podía seguir depositando dinero en otras plataformas sin problema. El BOE reconoce expresamente que este modelo hacía que el volumen total de depósitos dependiera del número de casas de apuestas o plataformas en las que participara el jugador.
El nuevo sistema corrige este vacío legal y crea un límite conjunto para el total de depósitos que cada participante pueda realizar en todas las cuentas de juego asociadas a sus registros de usuario. Así deja de importar la cantidad de operadores que utilice. En resumen: si una persona tiene cuenta en varias casas de juego online, el límite ya no se mirará solo por separado en cada una, sino en conjunto. Nuevos límites: 700 euros al día, 1.750 a la semana y 3.300 al mes El nuevo anexo III del Real Decreto 1614/2011 establece 3 límites generales para el sistema conjunto de depósitos por jugador: - 700 euros diarios. - 1.750 euros semanales. - 3.300 euros en un periodo de cuatro semanas.
Además, el BOE explica cómo se definen esos periodos para que no haya dudas. Por ejemplo, el día comprende de las 06:00 horas a las 06:00 horas del día siguiente, la semana va de las 06:00 del martes a las 06:00 del martes siguiente y el periodo de cuatro semanas se cuenta desde las 06:00 del martes de la primera semana hasta las 06:00 del martes de la cuarta semana. Los operadores tendrán que consultar el sistema antes de aceptar depósitos El nuevo artículo 36 bis obliga a los operadores de juego a conectar sus sistemas con el sistema estatal de límites de depósito conjuntos. Además, antes de aceptar cualquier depósito, deberán validar la información que proporcione la autoridad encargada de la regulación del juego.
Si el depósito supera los límites establecidos, no deberán aceptarlo y procederán a informar al jugador. El regulador explica que podrá fijar modelos obligatorios de mensaje para comunicar esa circunstancia al usuario. No será una advertencia, será un bloqueo de poder depositar dinero. No entra en vigor de forma inmediata El Real Decreto entrará en vigor a los 9 meses de su publicación en el BOE.
Como ha sido publicado el 25 de junio de 2026, la aplicación general se sitúa en marzo de 2027, salvo las excepciones previstas en la propia norma. Además, seis meses antes de la entrada en vigor, la autoridad reguladora deberá poner a disposición de los operadores una versión de prueba. Esto permitirá tener un periodo de 3 meses para comprobar el funcionamiento técnico del sistema y para informar a los participantes registrados.