Asamblea Nacional celebra ratificación de soberanía sobre el río San Juan

Asamblea Nacional celebra ratificación de soberanía sobre el río San Juan

Hace 17 años la CIJ sentenció de forma definitiva que Nicaragua ejerce la soberanía plena En el marco de celebrar el 47/19 y Julio Victorioso, la Asamblea Nacional hizo –este 14 de julio, una mención especial por el decimoséptimo aniversario de la sentencia de la Corte Internacional de Justicia, donde ratificó la soberanía de Nicaragua sobre el río San Juan. El 13 de julio de 2009 se dictó la histórica sentencia, en el caso relativo a la controversia de derechos de navegación y derechos conexos entre Costa Rica y Nicaragua. El diputado Pablo Cristóbal Brito leyó la mención especial y resaltó que el fallo constituye uno de los pronunciamientos más trascendentales del derecho internacional contemporáneo en materia de delimitación, “competencia soberana y la solución pacífica de las controversias entre Estados”. Resaltó que la sentencia confirma que la República de Nicaragua ejerce la soberanía plena sobre el río San Juan, conforme al Tratado de Límites Jerez-Cañas de 1858 y el Laudo Arbitral Cleveland de 1888. “Asimismo, confirmo con autoridad de cosa juzgada internacional que corresponde exclusivamente a Nicaragua el dominio territorial y el sumo imperio sobre las aguas del río San Juan, consolidando un principio jurídico que forma parte del patrimonio histórico y soberano de nuestra nación”, expresó Brito.

Trascendental triunfo jurídico y diplomático La sentencia reconoció que, en virtud de esa soberanía, Nicaragua posee la facultad exclusiva de administrar, regular y fiscalizar la navegación sobre el río, preservar el orden jurídico, proteger el ambiente y recursos naturales, ejercer controles migratorios, aduaneros y sanitario; y adoptar todas las medidas necesarias para garantizar la integridad del territorio. A consideración de diputado, el fallo representó un trascendental triunfo jurídico y diplomático para Nicaragua. No solo confirmó la plena vigencia de los títulos históricos, sino reafirmó que las diferencias entre los Estados pueden resolverse mediante el respeto al derecho internacional, a los tratados y al funcionamiento de las instituciones internacionales de justicia. El fallo marca un precedente de especial relevancia: “Fortalece los principios constitucionales que orientan la política exterior de Nicaragua, la igualdad soberana de los Estados, la no intervención en los asuntos internos, la solución pacífica de las controversias, la autodeterminación de los pueblos y la defensa permanente a la independencia, la soberanía y la integridad territorial”, finalizó.