El BOE lo confirma: hay un listado oficial de Hacienda que cualquiera puede consultar y casi nadie conoce

El BOE lo confirma: hay un listado oficial de Hacienda que cualquiera puede consultar y casi nadie conoce

El Boletín Oficial del Estado de hoy publica información directa de la Agencia Tributaria. Esta mantiene un listado de empresas y entidades cuyos números de identificación fiscal han sido revocados. Estamos ante información pública que cualquier ciudadano puede consultar y que resulta especialmente útil antes de aceptar un presupuesto, contratar una reforma o iniciar una relación comercial. La Agencia Tributaria ha publicado en el BOE del 27 de julio de 2026 dos extensos listados de números de identificación fiscal.

En el primero encontramos los NIF revocados por Hacienda y en la segunda los que han sido rehabilitados posteriormente. Ambos listados son públicos, gratuitos y pueden consultarse en cualquier momento. Aparecer en este listado no implica directamente que una empresa haya cometido fraude o un delito ni que haya desaparecido. Sin embargo, si el NIF pierde su validez fiscal, se limitan operaciones bancarias y registrales y los notarios deben abstenerse de autorizar determinados actos mientras no sea rehabilitado.

Qué listado oficial ha publicado Hacienda en el BOE La obligación de publicar estos acuerdos procede de la disposición adicional sexta de la Ley General Tributaria. Eso sí, debemos tener claro que la resolución no explica la causa por la que cada NIF fue revocado. Únicamente conocemos la identificación de la entidad, la fecha del acuerdo y el registro público correspondiente. Esta es parte del listado publicado en el BOE y que Hacienda permite consultar en cualquier momento: - B55464325 — PRIMA CONSULTORIA, SLL.: acuerdo del 26/11/2025.

Registro Mercantil de Cantabria. - B19465715 — COMERCIAL CRISAMO, SL.: acuerdo del 22/12/2025. Registro Mercantil de Cádiz. - B75638130 — DACADE INMO, SLU.: acuerdo del 22/12/2025. Registro Mercantil de Huelva. - B70645726 — SEGATICO, SL.: acuerdo del 22/12/2025. Registro Mercantil de Málaga. - B82751926 — CENTRO DE LINGUISTICA APLICADA ATENEA, SL.: acuerdo del 02/01/2026.

Registro Mercantil de Madrid. - B42754424 — OLARON, SL.: acuerdo del 24/11/2025. Registro Mercantil de Barcelona. - B09891409 — MOVILEJANDA, SL.: acuerdo del 22/12/2025. Registro Mercantil de Sevilla. - B56916497 — INFORMATICA DE REALIZACION EFECTIVA SATENUR.: acuerdo del 22/12/2025. Registro Mercantil de Granada. - J06926653 — TRIALCA, SC.: acuerdo del 21/11/2025.

Registro Mercantil de Cádiz. - B72979123 — WARIQUE PERUANO, SL.: acuerdo del 22/12/2025. Registro Mercantil de Cádiz. Qué significa que una empresa tenga el NIF revocado Básicamente, que este deja de ser válido a efectos identificativos en el ámbito fiscal desde que la revocación se publica en el BOE. Además, implica todo esto: - Validez fiscal: el NIF pierde su validez identificativa en el ámbito fiscal. - Cuentas bancarias: las entidades de crédito no deben realizar cargos o abonos en las cuentas afectadas. - Notarías: el notario debe abstenerse de autorizar determinados instrumentos públicos de la entidad. - Registros públicos: no pueden practicarse nuevas inscripciones que afecten a la entidad, salvo las excepciones previstas legalmente. - Certificaciones registrales: debe constar que el NIF de la entidad está revocado. - Certificado tributario: la entidad no puede obtener el certificado de estar al corriente de sus obligaciones tributarias. - Obligaciones pendientes: la revocación no impide que Hacienda exija impuestos y obligaciones anteriores.

Por qué conviene comprobarlo antes de contratar con una empresa Consultar este listado antes de contratar con una empresa nos puede ahorrar muchos problemas. Un NIF revocado debería hacernos replantearnos la relación que estamos a punto de establecer para pedir explicaciones antes de pagar o firmar. Podemos y debemos pedir a la empresa que acredite su situación actual, comprobar que sus datos coinciden con los del contrato y verificar si el número fue rehabilitado después de la resolución. Para comprobarlo, la forma más sencilla es abrir el BOE y utilizar la función de búsqueda del navegador.

Ahí debemos introducir el NIF completo o la razón social de la empresa. Comprobaremos el resultado con los datos del presupuesto, contrato o factura.