Fechas para declarar renta en agosto para personas naturales: calendario oficial

Fechas para declarar renta en agosto para personas naturales: calendario oficial

Bogotá — La temporada de declaración de renta para las personas naturales en Colombia comenzará el 12 de agosto de 2026 y se extenderá hasta el 26 de octubre, de acuerdo con el calendario tributario de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). La obligación corresponde a la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios del año gravable 2025. Para determinar la fecha límite de presentación, la DIAN estableció un cronograma de acuerdo con los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT). ¿Quiénes deben declarar renta en agosto? Durante agosto deben cumplir con esta obligación las personas naturales cuyos dos últimos dígitos del NIT estén entre 01 y 26.

El calendario oficial de la DIAN establece las siguientes fechas: | Fecha límite | Últimos dígitos del NIT | |---|---| | 12 de agosto | 01 y 02 | | 13 de agosto | 03 y 04 | | 14 de agosto | 05 y 06 | | 18 de agosto | 07 y 08 | | 19 de agosto | 09 y 10 | | 20 de agosto | 11 y 12 | | 21 de agosto | 13 y 14 | | 24 de agosto | 15 y 16 | | 25 de agosto | 17 y 18 | | 26 de agosto | 19 y 20 | | 27 de agosto | 21 y 22 | | 28 de agosto | 23 y 24 | | 31 de agosto | 25 y 26 | Estas fechas corresponden a los plazos máximos fijados por la DIAN para presentar la declaración. ¿Cómo saber si está obligado a declarar? Según la DIAN, para el año gravable 2025 una persona natural debe presentar declaración de renta si cumple al menos una de las condiciones establecidas por la entidad. Entre ellas se encuentran haber sido responsable del impuesto sobre las ventas (IVA) al 31 de diciembre de 2025, tener un patrimonio bruto superior a 4.500 UVT, o registrar durante 2025 ingresos brutos, consumos con tarjeta de crédito, compras y consumos o consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras superiores o iguales a los límites establecidos por la DIAN. Para el patrimonio bruto, el límite señalado por la DIAN es de 4.500 UVT, equivalentes a $224.096.000.

En el caso de ingresos brutos, consumos con tarjeta de crédito, compras y consumos y consignaciones, depósitos o inversiones financieras, el umbral señalado es de 1.400 UVT, equivalentes a $69.719.000. El calendario continúa en septiembre y octubre Los vencimientos no terminan en agosto. De acuerdo con el calendario oficial, las personas naturales cuyos dos últimos dígitos del NIT estén entre 27 y 66 tendrán sus fechas límite entre el 1 y el 28 de septiembre. Posteriormente, quienes tengan los dos últimos dígitos del NIT entre 67 y 00 deberán presentar su declaración entre el 1 y el 26 de octubre.

La DIAN aclara que las fechas del calendario corresponden a los vencimientos de la obligación y recomienda presentar la declaración antes de la fecha límite para evitar contratiempos que puedan ocasionar multas o sanciones. La entidad estima que cerca de 7 millones de personas naturales deberán presentar su declaración de renta correspondiente al año gravable 2025 durante esta temporada.