El nuevo Gobierno peruano abre así uno de sus primeros debates de calado en materia judicial. Álvarez, que asumió el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos el pasado 28 de julio, ha situado la celeridad de la justicia penal entre sus prioridades, aunque por el momento no ha concretado qué artículos pretende modificar ni el calendario legislativo que seguirá la iniciativa. El Ministerio de Justicia plantea revisar las reglas procesales tras cuestionar la duración de algunas audiencias y procedimientos penales Álvarez cuestiona la lentitud de los procesos penales El ministro ha empleado términos especialmente críticos para describir el funcionamiento del Código Procesal Penal , al que calificó como un código “fracasado” que, a su juicio, “no sirve al propósito de la justicia”. Su diagnóstico se centra principalmente en los tiempos necesarios para adoptar determinadas decisiones judiciales.
Álvarez recurrió a la comparación con EEUU para defender la necesidad de acelerar determinados procedimientos. Según explicó, existen sistemas en los que algunas decisiones pueden resolverse con mucha mayor rapidez, mientras que en Perú se han registrado casos mediáticos con audiencias prolongadas durante semanas para resolver cuestiones concretas. La comparación forma parte del argumento expuesto por el ministro y no supone que el Gobierno haya anunciado la importación de un modelo procesal estadounidense. El responsable de Justicia defendió por ello una “reforma de las reglas jurídicas” y cuestionó que algunos procedimientos se prolonguen durante meses sin producir resultados concretos.
El anuncio, sin embargo, se encuentra todavía en una fase política inicial: el Ministerio no ha presentado hasta ahora un articulado detallado de la reforma en la información oficial difundida este sábado. La propuesta llega después de años de modificaciones del sistema procesal y cuando todavía continúa la consolidación del modelo penal peruano Un Código Procesal Penal en permanente transformación El actual Código Procesal Penal de Perú fue aprobado mediante el Decreto Legislativo 957 y publicado el 29 de julio de 2004. El texto original constaba de 566 artículos y estructuró el proceso penal en siete libros, desde las disposiciones generales y la actividad procesal hasta los recursos, la ejecución de sentencias y la cooperación judicial internacional. Su aplicación fue progresiva.
El proceso de implementación comenzó en 2006 y culminó el 15 de junio de 2021 con su entrada en vigor integral en Lima, extendiéndose así plenamente el modelo por todo el país. La reforma sustituyó progresivamente el anterior esquema de carácter inquisitivo por un sistema de orientación acusatoria, con una separación más definida entre investigación, acusación y decisión judicial. Fecha Hito del Código Procesal Penal Julio de 2004 Publicación del Decreto Legislativo 957 2006 Inicio de la implementación progresiva Junio de 2021 Entrada en vigor integral en todo Perú Octubre de 2024 Nueva modificación de numerosos artículos mediante la Ley 32130 Enero de 2025 Inicio de la actualización del Plan para la Consolidación de la Reforma Procesal Penal Agosto de 2026 Ernesto Álvarez anuncia que promoverá una reforma profunda La trayectoria normativa muestra que el sistema no ha permanecido inalterado. En octubre de 2024 se publicó la Ley 32130 , que modificó numerosos artículos del Código con el objetivo declarado de reforzar la investigación del delito como función de la Policía Nacional de Perú y agilizar los procesos penales.
Además, en enero de 2025 el Ministerio de Justicia formalizó la actualización del Plan para la Consolidación de la Reforma Procesal Penal y creó un grupo de trabajo multisectorial en el que participan representantes del Poder Judicial, el Ministerio Público, Interior y la Defensa Pública. La reforma anunciada deberá combinar la búsqueda de mayor rapidez judicial con las garantías constitucionales que rigen cualquier proceso penal Celeridad judicial y garantías constitucionales El desafío que plantea Álvarez es precisamente reducir los tiempos sin debilitar los derechos que protege el propio proceso penal . El artículo I del Código establece que la justicia debe ser impartida por los órganos jurisdiccionales competentes “en un plazo razonable” y reconoce el derecho de toda persona a un juicio previo, oral, público y contradictorio. El texto procesal regula materias especialmente sensibles como la investigación preparatoria, la obtención de pruebas, las detenciones, la prisión preventiva , las apelaciones, los recursos de casación, los procesos especiales y la ejecución de las sentencias.
Por ello, una reforma profunda podría tener consecuencias directas tanto para fiscales y jueces como para policías, investigados, víctimas y abogados defensores. Álvarez ha vinculado además su propuesta con el respeto al Estado constitucional de derecho . El ministro defendió que no puede existir ninguna esfera de actuación pública ajena a la Constitución y sostuvo que la impunidad perjudica no solo a un procedimiento determinado, sino también a los derechos fundamentales del conjunto de los ciudadanos. Ernesto Álvarez regresa al Ejecutivo tras haber presidido el Consejo de Ministros durante el Gobierno de transición de José Jerí Una de las primeras reformas del Gobierno de Keiko Fujimori Álvarez forma parte del primer gabinete de la presidenta Keiko Fujimori , encabezado por Luis Galarreta.
El nuevo Ejecutivo tomó posesión el 28 de julio de 2026 y el titular de Justicia juró el cargo de forma virtual. El ministro ya cuenta con una extensa trayectoria institucional. Fue magistrado del Tribunal Constitucional entre 2007 y 2014, presidió el organismo en 2012 y ejerció como presidente del Consejo de Ministros entre 2025 y 2026 durante la etapa de José Jerí. Tras regresar al Ejecutivo, Álvarez ha definido el comienzo del nuevo Gobierno como una etapa orientada hacia la “reconciliación” y la búsqueda de consensos.
La reforma procesal será una de las primeras pruebas para ese planteamiento, ya que cualquier modificación de gran alcance tendrá que abordar un sistema jurídico que afecta a varias instituciones del Estado y en el que confluyen la necesidad de agilizar la justicia , la persecución eficaz del delito y la protección de las garantías constitucionales. El alcance real de la iniciativa dependerá ahora de la propuesta concreta que el Ministerio de Justicia presente. Hasta entonces, el anuncio de Álvarez fija el objetivo político —acortar procedimientos y revisar las reglas procesales—, pero deja pendiente la definición de los artículos, instrumentos legislativos y plazos con los que el Gobierno pretende acometer la reforma.