Seguir a FinanzasDigital en Google El Seniat reformó la Providencia Administrativa que regula el Registro Único de Información Fiscal (RIF), publicada en la Gaceta Oficial N.º 43.435 del 12 de agosto de 2026. El cambio central es que el comprobante digital del RIF deja de tener fecha de vencimiento, lo que elimina la necesidad de renovarlo periódicamente. El superintendente Román Maniglia explicó que la caducidad “se hacía poco relevante y podía generar trámites innecesarios”. Desde ahora, el RIF será un registro permanente, verificable en línea y disponible para impresión en cualquier momento.
La obligación de los contribuyentes se concentra en mantener sus datos actualizados cuando cambien aspectos como razón social, domicilio o actividad económica. Más leídas Tasa de Cambio BCV 14 de agosto de 2026: 771,0714 Bs/USD (+0,5491%) Seniat deroga obligación de usar sistemas homologados de facturación electrónica Venezuela firma alianza gasífera en el campo Loran La reforma también refuerza las exigencias de uso: el número de RIF debe aparecer en facturas, contratos, solicitudes oficiales, libros contables, etiquetas de productos y anuncios publicitarios. El Seniat podrá requerir la actualización de datos en cualquier momento. La medida se enmarca en la política de digitalización tributaria y busca simplificar la gestión para los contribuyentes, reduciendo trámites y fortaleciendo el control electrónico sobre las operaciones comerciales.
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