Las nuevas normas de la DGT del 1 de octubre se están contando mal: esto es lo que dice el BOE del casco, el chaleco y las luces diurnas

Las nuevas normas de la DGT del 1 de octubre se están contando mal: esto es lo que dice el BOE del casco, el chaleco y las luces diurnas

Faltan apenas dos semanas para que entren en vigor buena parte de las nuevas normas de circulación para patinetes, bicicletas y motocicletas, pero muchos medios las están explicando mal (o de forma incompleta). El problema es que muchos están diciendo que todos los usuarios de patinete tendrán que llevar chaleco o que las luces deberán permanecer encendidas también de día desde este mismo octubre. El Real Decreto 518/2026, publicado en el BOE el 26 de junio y con entrada en vigor general el 1 de octubre de 2026, no dice exactamente lo que se está contando. Por ejemplo, el casco será obligatorio para todos los conductores de vehículos de movilidad personal, pero el chaleco todo el rato únicamente a quienes lo utilizan profesionalmente.

En patinete, el casco será obligatorio siempre: no solo de noche Esta es probablemente la confusión más importante. El nuevo artículo 118 del Reglamento General de Circulación establece que los conductores de vehículos de movilidad personal (VMP) deberán llevar un casco homologado o certificado. Este deberá estar correctamente abrochado y la obligación no depende del momento del día o del estado del clima (niebla, etc.). Además, el artículo 155 fija en 15 años la edad mínima para conducir un VMP.

Por ello, a partir del 1 de octubre no podremos ver a ningún menor de esa edad en un patinete, no al menos de forma autorizada por la ley. Dónde sí hay cambios en función de las circunstancias es con los elementos reflectantes. Cuando cae la noche o hay baja visibilidad, él deberá utilizar al menos un elemento luminoso o reflectante, ajustado a la normativa de equipos de protección individual y que permita ser visto a una distancia mínima de 150 metros. Para una persona que circule de noche, la norma no dice que tenga que vestir específicamente un chaleco reflectante.

El texto habla de “al menos un elemento luminoso o reflectante” que cumpla los requisitos correspondientes y resulte visible desde 150 metros. El chaleco sí es obligatorio para personas que desarrollen su actividad profesional circulando en motocicleta, ciclomotor, bicicleta, otros ciclos o VMP. Las luces siempre encendidas existen en la norma, pero durante el día no se exigirán hasta 2027 Otra de las novedades es que los vehículos de movilidad personal deberán llevar siempre encendido el alumbrado. Sin embargo, en una disposición transitoria del Real Decreto vemos que se exigirá un año después de la entrada en vigor de esta norma.

Por ello, las luces siempre encendidas es algo que no aplicará hasta el 1 de octubre de 2027. Eso sí, esto no implica que se elimine la obligación de ir con las luces por la noche o en situaciones de visibilidad reducida. Los guantes de moto no serán obligatorios en todos los desplazamientos Los cambios para motociclistas también tienen letra pequeña. El artículo 118 establece tres requisitos diferentes: - El casco homologado será obligatorio en todo tipo de vías. - El calzado deberá ser cerrado y cubrir todo el pie, también en todo tipo de vías. - Los guantes de protección se exigirán cuando se circule por vías interurbanas.

Por lo tanto, no es verdad que vayan a tener que llevar guantes en todo momento. Otra cosa es que el Ministerio del Interior podrá desarrollar posteriormente las especificaciones técnicas de esos guantes, pero mientras se utilizarán guantes de las mismas características que los actuales. Los cinco metros detrás de una bicicleta son una regla del ámbito urbano Otra confusión está relacionada con la distancia detrás de una bicicleta. Muchos medios lo han contado mal.

El texto aprobado, en el artículo 153.4, incluido en el nuevo Título VI, “Normas de circulación específicas en zonas urbanas”, explica que: Los vehículos a motor deberán mantener una separación mínima de cinco metros respecto al ciclista que les preceda en el mismo carril. En carretera hay otra novedad: cuando se adelante fuera de poblado a ciclistas y otros usuarios vulnerables, habrá que reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite existente en la vía. En el caso de que exista más de un carril por sentido, será obligatorio efectuar un cambio completo de carril.

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