Coches Eléctricos Dos fotos distintas: un experto jurista explica cómo anular tu multa de exceso de velocidad de forma totalmente legal La normativa legal obliga a la Dirección General de Tráfico a tramitar las multas por exceso de velocidad de una forma muy clara. Su incumplimiento puede ser motivo de recurso. Juan Requena, experto jurista muestra la forma correcta que la DGT debe comunicar las infracciones. Javier Gómara 24/09/2026 09:00 Actualizado a 24/09/2026 09:00 Añadir Híbridos y Eléctricos como fuente preferida de Google de forma gratuita.
Mantente informado con las últimas noticias de actualidad. Activar ahora Recibir una multa por exceso de velocidad suele sentirse como un trámite sin escapatoria, pero no siempre es así. Juan Requena , jurista y creador de contenido, ha compartido un vídeo explicando que en España es posible recurrir y librarse de una sanción captada por un radar fijo, y que el procedimiento para conseguirlo es, según sus propias palabras, "muy sencillo". La clave, según Requena, está en un detalle técnico que muchos conductores desconocen: la notificación de la multa debe incluir dos fotografías diferentes del vehículo infractor.
Si esa exigencia no se cumple correctamente, la sanción podría quedar sin base legal suficiente para sostenerse. Ojo, esta medida se aplica exclusivamente a los radares fijos, no a los cada vez más habituales sistemas de detección móviles. Qué exige exactamente la normativa sobre los radares fijos La DGT está obligada a cumplir con un protocolo de notificación muy concreto. La obligación de aportar dos imágenes distintas no es una interpretación libre, sino que responde a la Orden ICT/155/2020, la norma que regula el control metrológico de los cinemómetros, es decir, de los aparatos que miden la velocidad.
Esta orden exige que los dispositivos permitan identificar sin ambigüedad al vehículo cuya velocidad se ha medido. En la práctica, cuando se habla de dos imágenes, lo habitual es que se trate de una fotografía panorámica del vehículo y otra más cercana en la que se aprecie con claridad la matrícula. Si en la notificación de la multa se aporta la misma fotografía repetida, simplemente con más o menos zoom, las autoridades de tráfico estarían incumpliendo lo establecido en el anexo 12 de esa misma orden, que exige que las dos imágenes procedan de dos ángulos distintos. Es entonces cuando la sanción puede ser anulada mediante un recurso.
Un fallo de forma que ya ha anulado sanciones reales Existen otros fallos por los que se puede solicitar el recurso de una multa por exceso de velocidad. Este tipo de defecto no es solo una posibilidad teórica. Un Tribunal Superior de Justicia ha anulado recientemente la multa que un radar de la DGT impuso a un conductor por exceder la velocidad permitida, precisamente porque la sanción incluía dos imágenes, pero una de ellas era simplemente una ampliación de la otra, sin cumplir con el requisito de proceder de ángulos diferentes. Además del fallo en la notificación, existe otra posibilidad para intentar librarse de una sanción: el margen de error que se aplica a las mediciones de velocidad.
Según explica Requena, este margen oscila entre 3 y 7 km/h, o entre el 3% y el 7%, dependiendo del tipo de radar utilizado y de la velocidad máxima permitida en la vía donde se ha producido la medición. En cualquier caso, sea cual sea la alegación que se quiera presentar, el conductor dispone de un plazo de 20 días naturales desde el momento en que se le comunica la sanción para formalizarla. Una fórmula que no anula automáticamente cualquier multa Conviene no tomar esta explicación como una garantía universal. No todas las multas de radar fijo quedan anuladas de forma automática por no incluir dos fotografías, ya que el resultado depende del caso concreto y del tipo de radar implicado: no funcionan igual un radar fijo con operador presente que uno sin él, ni un radar fijo que uno móvil o estático.
La mejor forma de no tener que recurrir a todos estos trámites legales es circular con precaución y en todo momento mantenerse dentro de los márgenes legales de velocidad fijados para la vía. Fuente: Juan Requena Temas Coches Eléctricos