PEZESHKIAN EN LA ONU

PEZESHKIAN EN LA ONU

Por: Xavier Villar Tras casi siete meses de guerra entre Estados Unidos e Israel contra Irán, el presidente iraní, Masud Pezeshkian, respondió, en la ONU, a la amenaza del presidente estadounidense Donald Trump de “detener” a la República Islámica de Irán si no se alcanza inmediatamente un acuerdo: “Debe saber que las sanciones, el aumento de la presión y las intimidaciones solo incrementarán la resistencia de la nación iraní”. También subrayó que cualquier acuerdo debería incluir el fin del bloqueo estadounidense a los buques y puertos iraníes. “No puede ser que todos se beneficien del estrecho de Ormuz mientras nosotros nos veamos privados de acceder a él”, afirmó. El discurso de Pezeshkian constituyó un caso llamativo: el de un dirigente extranjero que se dirige a la comunidad internacional mientras su país está en guerra con el país anfitrión. En defensa de su país, Pezeshkian mostró grandes fotografías del fallecido ayatolá Seyed Ali Jamenei y de los más de 150 escolares iraníes muertos durante los primeros días de la guerra. “Nosotros solo nos hemos defendido.

No somos terroristas”, declaró Pezeshkian ante la Asamblea General. “Nuestro pueblo inocente ha sido objeto de ataques cobardes y agresiones impuestas contra nuestro país. Y nos defendimos con la máxima firmeza. El presidente de Estados Unidos nos llamó terroristas, pero nosotros somos las víctimas de los terroristas”, añadió. Que el presidente iraní utilice el significante “terrorista” para referirse a los Estados Unidos, en la ONU, no deja de ser una ironía política.

En este sentido, hay que explicar que la categoría de “terrorismo” está racializada a nivel conceptual: no solo está claramente asociada a personas no blancas, sino que también se percibe como una táctica reservada a actores no estatales o a ciertos Estados, como Irán, que se oponen al Estado-nación westfaliano legítimo, un Estado vinculado a la blancura. De este modo, el concepto racializa al actor no estatal que desafía el monopolio legítimo de la violencia por parte de determinados Estados. Por otro lado, históricamente —y, podría decirse, también con consecuencias posteriores—, la clasificación de “terrorismo” se ha empleado en contextos coloniales, a menudo para reprimir y deslegitimar la resistencia y la rebelión anticoloniales y para categorizar a los sujetos colonizados que no se sometían al orden establecido. Este uso colonial se ha prolongado en una utilización actual, igualmente racializada, contra actores predominantemente no occidentales o racializados en todo el mundo.

Esto resulta especialmente evidente en las prácticas contemporáneas de lucha contra el terrorismo, que presentan semejanzas con formas de gobierno y control coloniales. No deja de ser, por tanto, una ironía política que Irán no solo rechace la etiqueta de “terrorista”, sino que se la aplique a los Estados Unidos, y lo haga desde la ONU, una de las principales instituciones encargadas de preservar, interpretar y hacer operativo el orden jurídico internacional. Y esa exclusión retórica tiene su correlato estructural en el derecho internacional mismo. Este orden se presenta con frecuencia como universal, neutral e inclusivo; sin embargo, desde sus orígenes ha estado influido por —y ha servido principalmente a— un grupo limitado de Estados históricamente categorizados como “civilizados”.

Esta jerarquía está sutilmente inscrita en instrumentos fundacionales como el artículo 38.1(c) del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia (CIJ), que otorga prioridad a las normas establecidas por esta comunidad de élite y las sitúa como normas de aplicación global. En consecuencia, el resultado no es un marco jurídico imparcial, sino un paradigma cuidadosamente delimitado que establece los parámetros de la legitimidad, margina a la periferia y consolida la autoridad mediante la exclusión. Como apuntan varios expertos y expertas en derecho internacional, fuera del marco del derecho internacional se encuentra un ámbito jurídico ocupado por Estados, pueblos y principios considerados indignos de un reconocimiento pleno. Este afuera no representa la ausencia de derecho; más bien, funciona como el reflejo negado del orden jurídico internacional.

El afuera revela el desequilibrio fundamental que se encuentra en el corazón del derecho internacional: un sistema que se presenta como universal e imparcial, pero que excluye y margina sistemáticamente a determinados Estados, pueblos y reivindicaciones jurídicas. Ya sea mediante el reconocimiento selectivo de la estatalidad o a través de los sesgos estructurales incorporados al sistema de solución de controversias entre inversores y Estados, el derecho internacional opera como un orden jerárquico que consolida el poder en su centro mientras relega a otros a los márgenes. La principal distorsión no reside, por tanto, en el entorno exterior, sino en el propio núcleo del sistema jurídico. Las cuestiones más apremiantes no se originan en la periferia; emanan, en cambio, del propio centro.

El afuera nunca ha constituido una amenaza real; más bien, encarna la conciencia desplazada del derecho. Este afuera es el espacio que ocupa Irán dentro del derecho internacional. Pero ese espacio no es algo natural: es una construcción política y, como tal, puede revertirse o incluso transformarse. La presencia de Irán en un foro como el de las Naciones Unidas, en un momento de repliegue estadounidense de la región, es un ejemplo perfecto de cómo los desequilibrios del derecho internacional y, en términos generales, del poder a nivel global pueden revertirse y modificarse.

En este sentido, el discurso del presidente Pezeshkian es un ejemplo de eso mismo.

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