El Gobierno de Perú incrementó la remuneración mínima vital (RMV) de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada. El primer tramo del aumento será de 100 soles y llevará el sueldo mínimo a 1.230 soles desde el 1 de octubre de 2026. El incremento forma parte de un aumento total de 170 soles que elevará la RMV hasta 1.300 soles. El segundo tramo, de 70 soles, será establecido mediante otro decreto supremo durante el primer semestre de 2027.
La medida fue publicada en una edición extraordinaria de la separata Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, a través del Decreto Supremo 015-2026-TR. ¿Cuándo llegará el sueldo mínimo a 1.300 soles? El aumento de la RMV hasta 1.300 soles se aplicará en dos etapas. La primera comenzará el 1 de octubre de 2026, cuando el sueldo mínimo aumentará 100 soles, desde 1.130 hasta 1.230 soles. El segundo tramo será de 70 soles y llevará la remuneración mínima vital hasta 1.300 soles.
Este incremento deberá determinarse mediante un nuevo decreto supremo, que será emitido durante el primer semestre de 2027. Por lo tanto, el sueldo mínimo no llegará a 1.300 soles desde octubre de 2026. A partir de ese mes, la RMV será de 1.230 soles y el segundo aumento quedará pendiente para 2027. ¿A quiénes alcanza el aumento del sueldo mínimo? El decreto establece que el incremento corresponde a los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada.
La norma señala que la medida forma parte del compromiso del Gobierno de elevar la remuneración mínima vital hasta 1.300 soles y que el monto fue acordado en el marco del diálogo social y la consulta tripartita. Según el decreto, hubo consenso sobre el monto del incremento durante la Sesión Extraordinaria 49 del pleno del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo (CNTPE), realizada el 3 de septiembre de 2026. ¿Qué dice el decreto sobre el aumento? El Decreto Supremo 015-2026-TR establece un incremento total de 170 soles en la remuneración mínima vital, que se aplicará en dos tramos. El primero será de 100 soles y entrará en vigencia el 1 de octubre de 2026, con lo que la RMV pasará a 1.230 soles.
El segundo será de 70 soles y deberá establecerse mediante un nuevo decreto supremo durante el primer semestre de 2027. El Gobierno fundamentó la medida en el artículo 24 de la Constitución Política de Perú, que establece el derecho de los trabajadores a una remuneración equitativa y suficiente y atribuye al Estado la regulación de la remuneración mínima, con participación de las organizaciones representativas de trabajadores y empleadores. La norma también cita la Ley 29381, que establece entre las funciones exclusivas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo la fijación y aplicación de los lineamientos de la política de remuneraciones mínimas.