Juicio: amigos se desviven por el último trago

Juicio: amigos se desviven por el último trago

A él le valió poco ser yuntas de tragos con su víctima y por el último trago en la botella, uno casi mata al otro. Cesar Agustín Asís Rivas se ensañó en su compañero de bebida, un pico de botella empuñado le fue directo a la yugular a Kanny Louis Merlo. Guissel Morales, representante del Ministerio Público detalló: Los hechos que el Ministerio Público acusa a su autoridad ocurrieron el 3 de noviembre del año 2025. El acusado, César Augusto Asís, llegó al lugar donde se encontraba la víctima ingiriendo licor con dos amigos más.

En ese momento el acusado se acerca a la víctima sin permiso de él; levanta del suelo una botella de licor con la intención de tomar, por lo que la víctima, Keny, le manifestó al acusado que dejara esa botella en el suelo y que se retirara del lugar El Ministerio Público continúo relatando: En ese momento el acusado le dice a la víctima «¿Qué es la verga que vos me mandás a mí? Yo agarro lo que yo quiera y si me seguís diciendo mierdas te mato. Ya sabés quién soy yo y no me tiembla la mano en borrarte del mapa», indicándole que le... lo podía me privar de la vida. La víctima en ese momento le contestó que no estaba buscando pleito y que por favor se retirara del lugar.

Sin embargo, el acusado se lanza sobre la víctima, con quien inició un forcejeo. En la colonia primero de Mayo de Managua se desvivían los amigos por el último trago el 3 de noviembre del año pasado . El delito Homicidio en grado de tentativa. El titular del juzgado sexto Distrito Penal de Audiencias de Managua, Dr.

Rolando Sanarrusia indicó que: El Ministerio Público objetivamente ha señalado como tipo penal invocado el homicidio en grado de frustración. Por lo tanto, daré por admitida la acusación, declaro iniciado el proceso y convoco a las partes a audiencia inicial a realizarse el día 12 de octubre del año 2026 a las 11:55 minutos de la mañana. En relación a la medida cautelar, el tipo penal de homicidio en cualquiera de sus modalidades está contemplado en el artículo 565 del Código Penal, norma que señala que este delito por su naturaleza y clasificación como delito grave debe tramitarse bajo la medida cautelar de prisión mientras dure el proceso La causa fue remitida a Juicio Oral y Público.

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