Mañana cambia de forma importante cómo funcionan los SMS en España. Desde mañana 15 de septiembre, las operadoras de telecomunicaciones tendrán que bloquear los SMS, MMS y RCS que utilicen nombres comerciales como remitente si ese alias no figura en el registro de la CNMC o llega desde un proveedor no autorizado. ¿El problema? Pues el de siempre en España. A pocas horas de activar el filtro, el regulador ha modificado las reglas porque reconoce que no le ha dado tiempo a validar todas las solicitudes pendientes.
El BOE del sábado 12 de septiembre publica la Circular 3/2026, que crea una preinscripción transitoria. Los alias cuya solicitud se haya presentado antes de hoy, 14 de septiembre, a las 15:00 hora peninsular, podrán continuar utilizándose mientras la CNMC completa su revisión, siempre que cumplan los requisitos establecidos. Esto podrá prolongarse hasta que se resuelva la solicitud y habrá un plazo máximo de 3 meses para completarse. La CNMC reconoce que no puede terminar de validar todos los alias antes de mañana En el BOE aparece una explicación bastante clara de lo que ha sucedido.
La CNMC explica que durante las últimas semanas se ha producido un volumen “significativamente elevado” de solicitudes y existe un gran número de alias todavía pendientes de validación definitiva. Por si fuera poco, la CNMC habla de retrasos y falta de respuesta de los titulares a las comunicaciones electrónicas enviadas durante el proceso. Por eso, el regulador habla de “imposibilidad material” de resolver todas esas solicitudes antes del 15 de septiembre. Sigue explicando que aplicar el bloqueo sin ninguna transición podría limitar comunicaciones legítimas utilizadas en servicios esenciales, procesos críticos o mensajes transaccionales de empresas y Administraciones.
Qué cambia mañana cuando recibas un SMS de tu banco o de una empresa Cuando hablamos de alias hablamos del texto que aparece en la parte superior de un mensaje en lugar de un número convencional. Puede ser el nombre de tu banco, una empresa de paquetería, una aseguradora, una aerolínea o una Administración. Hasta ahora, era relativamente sencillo falsificar este tipo de identificadores y se había convertido en una herramienta muy utilizada en campañas de smishing, ya que ayuda a darle veracidad al mensaje. A partir de mañana 15 de septiembre, la ley es mucho más restrictiva.
La CNMC tendrá un registro que incluirá el alias que podrá usar cada entidad y qué proveedores pueden enviar mensajes con ese nombre. Cuando nos envíen mensajes desde alias que no estén inscritos, procedan de un proveedor no registrado o ese proveedor no esté autorizado por el titular, nuestra compañía deberá bloquearlos. Así funcionará el filtro desde el 15 de septiembre Para el usuario será bastante transparente y quedará de esa manera: - SMS con nombre comercial y alias registrado, enviado por un proveedor autorizado: puede entregarse. - SMS con nombre comercial cuyo alias no está registrado: debe bloquearse. - SMS con alias registrado, pero enviado por un proveedor no autorizado: debe bloquearse. - SMS con un alias solicitado antes del 14 de septiembre a las 15:00, que cumple los requisitos de preinscripción y sigue pendiente: puede seguir utilizándose temporalmente. - SMS enviado mostrando un número de teléfono, sin alias alfanumérico: no entra en esta regla específica del Registro de Alias. Aquí podemos ver fácilmente que esta nueva medida no acabará con todas las estafas por SMS.
Los delincuentes podrán seguir utilizando números convencionales, cuentas comprometidas, enlaces fraudulentos, llamadas, WhatsApp o cualquier otra técnica de ingeniería social. El Registro de Alias lo único que cierra es una vía concreta de hacerlo. El jueves había 13.565 alias inscritos y más de 4.000 pendientes Para que veamos la “magnitud de la tragedia”, el pasado 10 de septiembre, la CNMC tenía 3.565 alias inscritos. ADSLZone pudo saber entonces que había además más de 4.000 pendientes de aprobación https://www.adslzone.net/noticias/internet/cnmc-registro-alias-1-septiembre/.
Lo relevante desde entonces es que han tenido que publicar una circular en el BOE reconociendo que el número de expedientes pendientes es suficientemente elevado como para impedir resolverlos todos antes de activar el bloqueo. Esto llama mucho la atención porque ese mismo 10 de septiembre, la CNMC aseguraba que no esperaba otra prórroga. Y es que esta medida debía haber comenzado el 7 de junio. Pero como siempre pasa en España, vamos tarde y mal.
El Gobierno retrasó entonces la entrada en vigor hasta el 15 de septiembre alegando la complejidad técnica y operativa del Registro de Alias y el riesgo de bloquear mensajes legítimos si el despliegue se hacía demasiado rápido. Tres meses después de la primera entrada en vigor de la medida, España no ha sido capaz de poner en marcha un sistema de protección para los usuarios. A un servidor no le sorprende nada, acostumbrado a ver cómo avanza la burocracia en este país. Aun así, la realidad es que es bastante triste que siga pasando esto en pleno 2026.