La OCU planta cara a los parkings que vetan a los coches eléctricos: han revisado la normativa y el cartel de algunos garajes no sirve

La OCU planta cara a los parkings que vetan a los coches eléctricos: han revisado la normativa y el cartel de algunos garajes no sirve

Coches Eléctricos La OCU planta cara a los parkings que vetan a los coches eléctricos: han revisado la normativa y el cartel de algunos garajes no sirve La OCU concluye que ninguna norma española ampara prohibir la entrada de coches eléctricos en aparcamientos públicos o garajes comunitarios por riesgo de incendio. Un coche eléctrico se recarga en la plaza de un aparcamiento subterráneo. Daniel Vega 15/10/2026 21:00 Actualizado a 15/10/2026 21:00 Añadir Híbridos y Eléctricos como fuente preferida de Google de forma gratuita. Mantente informado con las últimas noticias de actualidad.

Activar ahora La legislación española está impulsando la instalación de puntos de recarga en edificios residenciales y aparcamientos públicos, pero algunos establecimientos han comenzado a aplicar restricciones que afectan precisamente a los vehículos que deben utilizarlos. Esta situación ha abierto un conflicto entre las decisiones adoptadas por determinados operadores y unas exigencias legales que, en términos generales, no contemplan la exclusión de los coches eléctricos por motivos de seguridad. Ante esta situación, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha aclarado que impedir la entrada de un vehículo eléctrico a un aparcamiento abierto al público no cuenta, por regla general, con una justificación normativa. Su pronunciamiento llega después de que instalaciones como el Garaje Centro de Madrid hayan colocado carteles prohibiendo el acceso a estos automóviles, una decisión que sus responsables vinculan al riesgo de incendio de sus baterías y que ha provocado numerosas críticas.

En un parking cubierto la normativa contra incendios no distingue tecnologías. La OCU advierte de que los aparcamientos no pueden prohibir el acceso sin una justificación técnica Uno de los principales argumentos de la organización es que las exigencias de protección contra incendios no establecen una prohibición general para los coches eléctricos, ya que tanto el Código Técnico de la Edificación como el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios regulan la seguridad de los aparcamientos sin imponer una exclusión por el tipo de motor. Además, el Real Decreto 450/2022 y la instrucción técnica ITC BT-52 establecen obligaciones de infraestructura de recarga para determinados edificios y estacionamientos, lo que refuerza la posición de la OCU. La cuestión también ha sido abordada por la Comisión Europea, que en 2025 señaló que los incendios de vehículos eléctricos no presentan una frecuencia superior a los de gasolina o diésel.

Según los datos recogidos por la OCU, el riesgo de que un eléctrico se incendie puede ser entre 10 y 20 veces inferior al de un automóvil de gasolina, aunque la organización reconoce que las baterías de iones de litio pueden sufrir procesos de fuga térmica que dificultan considerablemente las tareas de extinción, especialmente en espacios cerrados. Estas dificultades explican que algunos operadores hayan adoptado medidas preventivas, aunque no todas responden exclusivamente al peligro de incendio. En Bélgica, Carrefour anunció restricciones para vehículos eléctricos en los aparcamientos elevados de unos 40 supermercados, alegando también cuestiones relacionadas con el peso de los automóviles y la resistencia de determinadas estructuras antiguas. En España, los Bomberos de Madrid han advertido igualmente de las complicaciones que plantea extinguir un incendio de batería en un garaje subterráneo, donde las condiciones de acceso y ventilación pueden dificultar la intervención.

Los conductores pueden reclamar si se les impide estacionar su coche eléctrico La OCU establece una diferencia entre las restricciones generales y aquellas que puedan responder a deficiencias concretas de seguridad. Un aparcamiento podría limitar temporalmente el acceso en circunstancias excepcionales, siempre que existan informes técnicos que justifiquen la decisión y que esta resulte proporcionada al riesgo detectado. Sin embargo, la organización considera que las posibles carencias de una instalación deben resolverse mediante mejoras en sus sistemas de protección, en lugar de mantener prohibiciones permanentes que afecten indiscriminadamente a todos los eléctricos. Los propietarios de coches eléctricos pueden reclamar si no hay justificación técnica.

En cuanto a los afectados, la organización recuerda que existen diferentes vías para denunciar estas situaciones cuando se producen en establecimientos abiertos al público. Los conductores pueden solicitar una hoja de reclamaciones, acudir a las autoridades de consumo de su comunidad autónoma o trasladar el caso a través de la plataforma Reclamar de la OCU. La entidad también recomienda comunicar los hechos a las administraciones competentes cuando existan indicios de que la restricción vulnera los derechos de los consumidores. El conflicto adquiere especial relevancia en un momento en el que la normativa obliga a numerosos edificios y estacionamientos a incorporar infraestructura para vehículos enchufables.

Mientras el parque eléctrico continúa creciendo en España, la OCU insiste en que las condiciones particulares de seguridad deben evaluarse individualmente y no utilizarse para justificar vetos indiscriminados, de manera que la protección frente a incendios y el acceso a los aparcamientos puedan garantizarse sin establecer diferencias que carezcan de una base técnica suficiente. Temas Coches Eléctricos

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