Bloomberg Línea — Una discoteca argentina logró que la Justicia uruguaya revirtiera el rechazo al registro de su marca, pese a la oposición del Consejo Regulador del Tequila de México. El fallo estableció un precedente en Uruguay sobre la coexistencia de marcas comerciales y denominaciones de origen protegidas, según reportes de medios de ese país. El nombre Tequila quedó en el centro de una disputa judicial después de que el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) anulara la resolución que había rechazado registrar esa marca para servicios de clubes nocturnos y discotecas. La sentencia N.º 476/2026 favoreció al empresario argentino Osvaldo Horacio Brucco, fundador de los restaurantes Gardiner y Happening, y del mítico boliche Tequila de Buenos Aires, que también funcionó durante varias temporadas en La Barra, sobre la Ruta 10, en Uruguay.
El TCA ya había abordado una controversia similar en 2020, cuando confirmó el registro de la marca Ginebra, pero contrario a Tequila, el término no estaba registrado como denominación de origen en Uruguay. ¿Cómo comenzó la disputa? Brucco solicitó el registro de la marca mixta TEQUILA para servicios de entretenimiento a comienzos de 2023. Pero en noviembre de ese año, la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial y Registro de Software, dependiente del Ministerio de Industria, Energía y Minería de Uruguay, rechazó la solicitud. La decisión respondió a una oposición del Consejo Regulador del Tequila A.C. de México, que invocó la protección de la denominación de origen en Uruguay y el Tratado de Libre Comercio entre ambos países, suscrito en noviembre de 2003.
El organismo mexicano sostuvo que la denominación de origen cuenta con protección legal y registral en Uruguay y que permitir su uso como marca comercial en otro rubro podía afectar los derechos asociados a esa protección. La autoridad uruguaya consideró que la existencia de la denominación de origen impedía conceder el registro solicitado. ¿Qué resolvió la Justicia uruguaya? El empresario recurrió la sentencia con la representación del estudio jurídico FERRERE, cuyo equipo de Propiedad Intelectual llevó el caso ante el TCA. En julio de 2026, el tribunal emitió la sentencia, notificada en septiembre, mediante la cual anuló la resolución que había denegado el registro y en su fallo estableció que la protección de la denominación de origen Tequila corresponde a la bebida alcohólica, por lo que no puede extenderse a cualquier otro producto o servicio que utilice la misma palabra.
Durante el proceso, la defensa presentó pruebas sobre la utilización anterior de la marca, la trayectoria del establecimiento y su reconocimiento público en Argentina y Uruguay. También aportó ejemplos de otros países donde existen marcas Tequila registradas para productos y servicios distintos de la bebida, pese a la protección de la denominación de origen. La defensa argumentó que no se había acreditado una confusión real entre la discoteca y la bebida mexicana. “Era un caso sin antecedentes directos en la jurisprudencia uruguaya”, dijo Alejandro Alterwain, consejero del equipo de Propiedad Intelectual de FERRERE. “La clave estuvo en articular el derecho marcario local con la práctica internacional y en acreditar que no existía confusión real en el consumidor, un extremo que finalmente no fue controvertido en el proceso”, agregó el abogado en un comunicado. Según la firma, las pruebas permitieron demostrar que la discoteca había construido una identidad comercial propia, diferenciada de la bebida protegida por la denominación de origen.