La Seguridad Social abonó en septiembre 1.693.659 complementos para reducir la brecha de género en las pensiones, con una cuantía media de 76,70 euros al mes. La ayuda se suma a determinadas pensiones contributivas de jubilación, viudedad e incapacidad permanente para compensar el efecto de la crianza en la carrera laboral y en las cotizaciones. También los hombres pueden cobrarla si cumplen los requisitos exigidos. Vamos a ver qué hay detrás de esa cifra, porque 76,70 euros no es lo que ingresa cada pensionista: es el importe medio que pagó la Seguridad Social en septiembre.
Lo que cobras depende del número de hijos que tengas reconocidos, con un límite de cuatro y una cuantía de 36,90 euros mensuales por cada uno en 2026. Si llegas a ese máximo, puedes sumar hasta 147,60 euros al mes a tu pensión, una cifra que ya aparece recogida como oficial en el Boletín Oficial del Estado a finales de septiembre. Cuánto cobras de la Seguridad Social según el número de hijos que tengas La cuantía por hijo está fijada en 36,90 euros mensuales durante 2026, con un tope de cuatro hijos. Eso deja el complemento máximo en 147,60 euros al mes, la cifra que ha recogido el BOE como importe oficial para quienes alcanzan ese número de hijos reconocidos.
El reparto real varía mucho según cada familia. Con un hijo, cobras 36,90 euros; con dos, 73,80 euros; con tres, 110,70 euros, y solo quienes tienen cuatro hijos o más llegan al tope de 147,60 euros. La Seguridad Social no ha detallado si el complemento se integra en la misma nómina mensual de la pensión o si sigue un calendario de pago distinto, así que esa cantidad se sumaría, previsiblemente, a lo que ya cobras por tu pensión contributiva. Esa es la cantidad que verías reflejada si tramitases la ayuda, muy alejada de los 76,70 euros de media que han circulado estos días y que solo describen el conjunto del sistema, no el caso de cada familia. ¿Pueden cobrar la pensión contributiba los hombres también?
Sí, puedes. La ayuda nació para reducir la brecha de género, pero no está reservada a las mujeres: si eres padre y cobras una pensión contributiva de jubilación, viudedad o incapacidad permanente, puedes solicitarla siempre que tengas uno o más hijos inscritos en el Registro Civil. Desde mayo de 2025, la Seguridad Social aplica a los hombres exactamente los mismos requisitos que a las mujeres para reconocer este complemento, un cambio que amplió el acceso a la prestación más allá de su diseño original. La finalidad es la misma en los dos casos: compensar el perjuicio que la crianza provoca en las cotizaciones, sin que importe cuál de los dos progenitores haya asumido ese papel dentro de la familia.
La excepción está en la jubilación parcial, que queda fuera de este complemento tanto para hombres como para mujeres. El complemento solo puede reconocerse a uno de los dos progenitores por los mismos hijos. Si el padre y la madre lo solicitan a la vez, la norma general establece que se concede a quien perciba la suma más baja de pensiones públicas, de forma que la ayuda llegue al hogar con menos ingresos por esta vía. Qué pensiones dan derecho y cómo se solicita Tienen derecho quienes cobran una pensión contributiva de jubilación (excepto la modalidad parcial), viudedad o incapacidad permanente y tienen uno o más hijos inscritos en el Registro Civil.
El reconocimiento no llega de oficio: la Seguridad Social revisa cada expediente antes de conceder el complemento. La petición no se tramita por separado: hay que incluirla en el mismo momento en que solicitas la pensión de jubilación, viudedad o incapacidad permanente. El trámite puede hacerse a través del portal de prestaciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o de forma presencial, pidiendo cita previa. Como el reconocimiento no es automático, es recomendable aportar desde el principio la documentación que acredite el vínculo con cada hijo, ya que la Seguridad Social comprueba los datos del Registro Civil para resolver cada solicitud.
Estos tres tipos de pensión cubren situaciones distintas: la de jubilación se reconoce al dejar de trabajar por edad, la de viudedad llega tras el fallecimiento del cónyuge o pareja de hecho, y la de incapacidad permanente se concede cuando una enfermedad o lesión reduce de forma duradera la capacidad para trabajar. El complemento se aplica igual en los tres casos, siempre que tengas hijos reconocidos y cumplas el resto de condiciones. ¿Cuántos pensionistas cobran ya esta ayuda? En septiembre, 1.693.659 pensiones incluían este complemento para reducir la brecha de género. De ellas, 1.181.434 correspondían a mujeres, el 69,8% del total, lo que sitúa en algo más de 512.000 los casos que ya corresponden a hombres.
La distribución por número de hijos sitúa a los pensionistas con dos descendientes como el grupo más numeroso, con 862.404 beneficiarios, el 50,9% del total. Les siguen quienes tienen un solo hijo, con el 23,6%; los que tienen tres, con el 17,5%, y, por último, los que tienen cuatro hijos o más, en torno al 8% del total. El reparto por sexos muestra que cerca de tres de cada diez beneficiarios son ya hombres, un dato que llega después de que la Seguridad Social igualara los requisitos para ambos sexos en mayo de 2025. La cantidad que debes mirar si vas a pedir tu pensión de jubilación, viudedad o incapacidad permanente no es la media de 76,70 euros, sino el resultado de multiplicar 36,90 euros por el número de hijos que tengas reconocidos, hasta el tope de 147,60 euros al mes con cuatro hijos o más.