El BOE publica este 1 de septiembre un acuerdo que aportará un ingreso extraordinario de entre 343,51 y 519,38 euros para determinados trabajadores del sector de la publicidad. El pago corresponde al Convenio colectivo estatal para las empresas de publicidad y exige una condición temporal muy concreta: estar de alta en la empresa el 1 de enero de 2022 y continuar en ella el 31 de diciembre de 2025. Otro matiz importante es que el dinero no se ingresará en un solo pago. El acuerdo fija tres plazos para el pago de igual cuantía: uno durante el último trimestre de 2026, otro antes del 1 de abril de 2027 y el tercero antes del 1 de octubre de 2027.
El pago llega porque los salarios subieron menos que la suma de los IPC utilizada en el acuerdo Lo que ha motivado esta publicación está en el pacto salarial que se firmó el año pasado. Concretamente, la comisión negociadora había acordado incrementos del 4% anual durante cuatro ejercicios, lo que completa un total del 16%. Tras revisar el IPC interanual para 2022, 2023, 2024 y 2025, la suma asciende al 18,1%. Eso arroja una diferencia del 2,1% y origina el pago extraordinario publicado ahora en el BOE.
El BOE confirma estas cifras por año: - 2022: 6,5%. - 2023: 5,7%. - 2024: 3,1%. - 2025: 2,8%. - Suma: 18,1%. Cuánto cobrará cada trabajador: entre 343,51 y 519,38 euros La cantidad depende del nivel profesional que se fijó en las tablas del convenio. Por ejemplo, el nivel 1 recibe el pago más alto mientras que al nivel 11 le corresponden 343,51 euros. Esta es la tabla completa de importes: | Nivel | Importe extraordinario | |---|---| | Nivel 1 | 519,38 euros | | Nivel 2 | 461,71 euros | | Nivel 3 | 439,94 euros | | Nivel 4 | 437,52 euros | | Nivel 5 | 435,98 euros | | Nivel 6 | 407,52 euros | | Nivel 7 | 404,45 euros | | Nivel 8 | 374,47 euros | | Nivel 9 | 365,73 euros | | Nivel 10 | 364,31 euros | | Nivel 11 | 343,51 euros | Un matiz importante es que se trata de un importe extraordinario y no consolidable.
Esto significa que no se incorpora permanentemente al salario base para los siguientes años. También deja claro el BOE que tiene naturaleza no absorbible, por lo que no está planteado como una cantidad que la empresa pueda compensar mediante otros conceptos salariales ordinarios. No se cobrará de golpe: estas son las tres fechas Uno de los detalles más importantes está en el calendario ya que no en el BOE no se habla de un solo pago único. Las empresas deberán dividir el pago en tres ingresos de la misma cuantía y lo harán siguiendo este calendario: - Primer pago: durante el cuarto trimestre de 2026. - Segundo pago: antes del 1 de abril de 2027. - Tercer pago: antes del 1 de octubre de 2027.
El acuerdo no fija un día único dentro del último trimestre de este año. El pago dependerá del periodo en que la empresa decida ejecutarlo. Para que nos hagamos una idea, si cogemos el nivel 1 de 519,38 euros, tendremos tres pagos que rondarán los 173 euros. La clave está en la fecha El BOE confirma que no se trata de un pago únicamente por estar trabajando actualmente en una agencia de publicidad.
El texto publicado habla exactamente de que los perceptores debían estar de alta en la empresa el 1 de enero de 2022 y se mantuvieron en ella a 31 de diciembre de 2025. No basta con haber trabajado en 2022 si la relación laboral no se ha mantenido durante 3 años, hasta el final de 2025. Además, el acuerdo también fija las tablas que se utilizarán para calcular la subida salarial de 2027: - Nivel 1: 1.829,16 euros mensuales en 15 pagas; 2.286,45 euros mensuales en 12 pagas; 27.437,40 euros de salario anual. - Nivel 2: 1.626,03 euros mensuales en 15 pagas; 2.032,54 euros mensuales en 12 pagas; 24.390,49 euros de salario anual. - Nivel 3: 1.549,40 euros mensuales en 15 pagas; 1.936,75 euros mensuales en 12 pagas; 23.240,94 euros de salario anual. - Nivel 4: 1.540,84 euros mensuales en 15 pagas; 1.926,05 euros mensuales en 12 pagas; 23.112,55 euros de salario anual. - Nivel 5: 1.535,42 euros mensuales en 15 pagas; 1.919,27 euros mensuales en 12 pagas; 23.031,25 euros de salario anual. - Nivel 6: 1.435,22 euros mensuales en 15 pagas; 1.794,03 euros mensuales en 12 pagas; 21.528,33 euros de salario anual. - Nivel 7: 1.424,40 euros mensuales en 15 pagas; 1.780,50 euros mensuales en 12 pagas; 21.365,95 euros de salario anual. - Nivel 8: 1.318,80 euros mensuales en 15 pagas; 1.648,50 euros mensuales en 12 pagas; 19.781,95 euros de salario anual. - Nivel 9: 1.288,04 euros mensuales en 15 pagas; 1.610,05 euros mensuales en 12 pagas; 19.320,64 euros de salario anual. - Nivel 10: 1.283,08 euros mensuales en 15 pagas; 1.603,85 euros mensuales en 12 pagas; 19.246,22 euros de salario anual. - Nivel 11: 1.209,79 euros mensuales en 15 pagas; 1.512,23 euros mensuales en 12 pagas; 18.146,79 euros de salario anual.