El BOE cambia desde mañana quién puede cobrar las ayudas Auto+ para comprar coches eléctricos

El BOE cambia desde mañana quién puede cobrar las ayudas Auto+ para comprar coches eléctricos

El BOE ha introducido un cambio relevante en el Programa Auto+ de ayudas para comprar coches eléctricos y electrificados. A partir de mañana 11 de septiembre de 2026, desaparece del reglamento una exclusión específica que impedía obtener estas ayudas a determinadas entidades. La modificación está escondida en la disposición final tercera del Real Decreto 724/2026, publicado este 10 de septiembre. Aunque el texto habla de subvenciones industriales, al final del mismo cita expresamente el artículo 4.2 del Real Decreto 609/2026, que es el que regula quién puede ser beneficiario del Programa Auto+.

No desaparecen los requisitos generales para cobrar la ayuda, ya que seguirá siendo necesario estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, no tener reintegros pendientes y cumplir con la Ley General de Subvenciones. Lo que se elimina es una prohibición adicional que afectaba específicamente a la Línea 2. La frase que desaparece del Programa Auto+ La versión original del Real Decreto 609/2026, publicada el pasado 23 de julio, establecía una condición adicional para las empresas de la Línea 2. Tras repasar todos los requisitos, añadía una frase diciendo que las empresas consideradas “en situación de crisis” conforme al Reglamento europeo 651/2014 no podían obtener la condición de beneficiarias.

La nueva redacción publicada hoy sustituye todo el apartado 4.2 y mantiene el resto del texto, pero termina eliminando la última exclusión que planteaba. No es un cambio con un alcance masivo, pero sí importante a efectos jurídicos de las empresas. A quién afecta realmente este cambio El Programa Auto+ está dividido en dos líneas. La Línea 1 está destinada a particulares mayores de edad que no realizan una actividad económica y tienen residencia legal en España.

Por su parte, la Línea 2 se destina a empresas y a personas físicas que desarrollan una actividad económica, como autónomos. El cambio en el Programa Auto+ desaparece únicamente para la segunda categoría. Por lo tanto, un particular que pida la ayuda para comprarse un coche eléctrico no se ve afectado por esta modificación del BOE. El cambio aplica para las empresas que pidan las ayudas de la Línea 2.

Además, en el Real Decreto vemos otras exclusiones, como las de determinados concesionarios o puntos de venta encuadrados en los epígrafes 615.1 o 654.1 del Impuesto sobre Actividades Económicas. En todos los casos, el beneficiario sigue obligado a cumplir: - sus obligaciones tributarias - sus obligaciones con la Seguridad Social - la ausencia de reintegros pendientes - la ausencia de órdenes de recuperación de ayudas declaradas ilegales por la Comisión Europea - y el resto de condiciones previstas en los artículos 13.2 y 13.3 bis de la Ley General de Subvenciones Por si fuera poco, en el caso de la Línea 2, también estarán las ayudas sometidas al régimen europeo de minimis, con sus propios límites y reglas de acumulación. A modo recordatorio, el Programa Auto+ cuenta con 400 millones de euros de presupuesto para 2026. Estos están repartidos en 350 millones para la Línea 1, destinada a familias y particulares, y otros 50 millones para la Línea 2: 42 millones para empresas y 8 millones para autónomos.