Movistar, Orange, Vodafone, Digi y el resto de operadores españoles están obligados por ley a conservar durante 12 meses determinados datos asociados a nuestras llamadas, mensajes y conexiones a Internet. Es cierto que no guardan el contenido de las conversaciones ni el texto de los SMS, pero sí información como quién inicia una comunicación, a quién va dirigida, cuándo se produce, cuánto dura, determinadas direcciones IP, identificadores del dispositivo o la antena móvil utilizada. Eso puede cambiar pronto. Esto es debido a que va a necesitar cambios si el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sigue finalmente el criterio planteado por su abogado general, Maciej Szpunar.
Por el momento, no hay sentencia, pero el asunto C-661/24 continúa oficialmente pendiente. Tu operadora no guarda lo que dices, pero sí muchos datos sobre la comunicación Todo parte de la Ley 25/2007, que obliga a los operadores que prestan servicios públicos de comunicaciones electrónicas a conservar determinados datos de tráfico, localización e identificación. En ADSLZone ya os hemos explicado que los operadores almacenan información como números de origen y destino, fecha y hora, IMEI y la antena asociada a determinadas comunicaciones. Lo que está claro es que no pueden en virtud de esta ley es grabar lo que dices en una llamada ni almacenar el contenido de un SMS.
Esto está totalmente prohibido para Movistar, Orange, Vodafone o Digi. La regla general en España son 12 meses El artículo 5 de la Ley 25/2007 establece como regla general que la obligación de conservación termina 12 meses después de producirse la comunicación. En algunos casos y siempre mediante desarrollo, se puede reducir ese periodo hasta seis meses o ampliarlo hasta un máximo de dos años. Acceder a los datos tampoco es algo libre y sólo podrán “verse” en la detección, investigación y enjuiciamiento de delitos graves.
Además, se exige la correspondiente autorización judicial en los términos previstos legalmente. Europa no ha declarado ilegal este sistema… todavía El 3 de septiembre de 2026, el abogado general Maciej Szpunar publicó sus conclusiones en el asunto C-661/24, Académie Fiscale y otros, planteado por el Tribunal Constitucional belga. Esto es una opinión del letrado y no una sentencia del tribunal, pero ya marca por dónde pueden ir los tiros. Una futura sentencia podría obligar a revisar determinadas garantías.
De hecho, lo que critica Szpunar es que ciertas categorías de metadatos puedan conservarse de forma general, siempre que existan barreras técnicas realmente fuertes. La idea es conservar identidad, por un lado, tráfico por otro y localización en otro. De esta forma, al cruzar los datos no se puede reconstruir el comportamiento completo de una persona. El problema para España llegaría con la forma para conservar estos datos.
La duda europea no es únicamente cuánto se conservan los datos, sino qué puede hacerse con ellos mientras están almacenados. La conclusión es que, ahora mismo, España obliga actualmente a los operadores a conservar durante un año una cantidad considerable de información sobre nuestras comunicaciones. Sin embargo, la forma de guardarlas y de acceder a estos datos puede cambiar muy pronto gracias a la legislación europea.