El Servicio de Impuestos Internos (SII) habilitó un mecanismo para que quienes no pudieron saldar las cuotas del crédito otorgado durante la pandemia puedan obtener un cupón y gestionar un convenio de pago ante la Tesorería. Cerca de 900.000 personas con menores ingresos que mantienen obligaciones pendientes del Préstamo Solidario podrán avanzar en la regularización de sus deudas hasta el 30 de noviembre de 2026. El beneficio fue creado durante la pandemia para apoyar a familias de clase media afectadas por la crisis económica. El mecanismo contempla la obtención de un cupón de pago a través del Servicio de Impuestos Internos (SII), documento que permite posteriormente iniciar el trámite de un convenio ante la Tesorería General de la República (TGR).
La alternativa está destinada principalmente a quienes no cuentan actualmente con los recursos necesarios para cancelar de una vez las cuotas pendientes. Cómo solicitar el convenio por el Préstamo Solidario El primer paso consiste en ingresar al sitio web del SII y realizar las declaraciones de Renta correspondientes a los años en los que exista una deuda pendiente. Una vez completado ese proceso, el contribuyente puede optar por presentar la declaración sin efectuar el pago. El sistema genera entonces un cupón que permite avanzar con la regularización del crédito.
Con ese documento, el deudor puede posteriormente gestionar el convenio de pago ante la TGR. Según el calendario informado por el SII, esta posibilidad estará disponible a partir del 22 de septiembre. Cuántas personas todavía deben el crédito El SII informó que hasta el 31 de agosto de 2026 un total de 104.916 personas que mantenían una o más cuotas impagas de los Préstamos Solidarios correspondientes a 2020 y 2021 ya habían regularizado su situación. En conjunto, esos contribuyentes pagaron $23.230 millones, unos US$24 millones.
El proceso de regularización estuvo asociado a 225.457 Declaraciones de Renta. Esto responde a que la normativa estableció que el reintegro de los créditos debía realizarse mediante las Operaciones Renta de 2022, 2023, 2024, 2025 y 2026. Qué deben hacer quienes todavía tienen declaraciones pendientes No todos los deudores necesariamente deben recurrir al convenio. Para quienes están en condiciones de pagar las obligaciones pendientes mediante sus declaraciones de Renta, el SII mantiene disponible la posibilidad de presentar los formularios correspondientes a los años que no fueron declarados.
El trámite puede realizarse por internet y utiliza la propuesta de declaración preparada por el propio organismo. El objetivo es que los contribuyentes puedan regularizar las obligaciones antes del cierre del plazo establecido y evitar posteriores cobros. El sitio del SII dispone además de un paso a paso para quienes deban presentar una o más declaraciones de Renta atrasadas y utilizar esa vía para cancelar las cuotas adeudadas. Por qué hay cerca de 900.000 personas alcanzadas El universo de potenciales deudores es mayor: el SII calculó que cerca de un millón de contribuyentes que recibieron alguno de los Préstamos Solidarios de 2020 y 2021 no habían presentado su declaración anual de impuestos al menos una vez dentro del período previsto para el reintegro.
Se trata de personas que tuvieron ingresos durante esos períodos, pero no cumplieron con la declaración correspondiente entre 2022 y 2026. Dentro de ese grupo, la legislación contempla una situación específica para quienes tienen menores ingresos. Son cerca de 900.000 contribuyentes que deben reintegrar las cuotas del Préstamo Solidario que quedaron pendientes como consecuencia de sus declaraciones de impuestos. El plazo para regularizar esas obligaciones vence el 30 de noviembre.
Cómo se debía devolver el Préstamo Solidario El programa fue creado durante el segundo Gobierno de Sebastián Piñera, en medio del impacto económico provocado por los confinamientos derivados de la pandemia de coronavirus. Desde su origen, la normativa estableció que el crédito debía devolverse en cuatro cuotas anuales mediante el proceso de declaración de Renta. La primera cuota equivalía al 10% del monto solicitado, mientras que las tres siguientes representaban cada una el 30% del total. La devolución anual, sin embargo, tenía un límite: en ningún caso el pago podía superar el 5% de los ingresos obtenidos por el contribuyente durante ese año.
Si después de completar las cuatro cuotas todavía quedaba un saldo pendiente debido a la aplicación de ese límite, la legislación establecía que la deuda restante sería condonada. Para facilitar el mecanismo de devolución, la normativa también estableció una retención adicional del 3% mensual sobre los impuestos tanto para trabajadores dependientes como independientes y empresarios individuales.