Confirmado por la Seguridad Social: Si vives con tus padres puedes cobrar el Ingreso Mínimo Vital

Confirmado por la Seguridad Social: Si vives con tus padres puedes cobrar el Ingreso Mínimo Vital

Los jóvenes que siguen viviendo en casa de sus padres pueden solicitar el Ingreso Mínimo Vital (IMV) en España. La Seguridad Social confirma que la prestación, destinada a personas en situación de vulnerabilidad económica, también alcanza a quienes tienen entre 18 y 30 años, siempre que cumplan los requisitos que marca la normativa según su edad y su historial de convivencia. Vamos a ver qué dice exactamente la Seguridad Social, porque la norma general del IMV exige vivir en una unidad de convivencia independiente, pero existe una vía para quienes todavía comparten techo con sus padres. Te contamos quién puede acceder, qué condiciones tienes que cumplir según tu edad y cuánto se está pagando ya esta ayuda en el conjunto de España. ¿Qué jóvenes pueden cobrar el IMV viviendo con sus padres?

La norma general del Ingreso Mínimo Vital está pensada para quien vive en una unidad de convivencia independiente, pero hay una excepción si sigues en casa de tus padres. Puedes acceder a partir de los 23 años siempre que compartas domicilio con esa unidad familiar sin integrarte en ella, tal y como recoge la Seguridad Social. Si aún no has cumplido los 23, hay una puerta adicional pero bastante concreta: la prestación llega a los jóvenes «entre 18 y 22 años que provengan de centros residenciales de protección de menores de las diferentes comunidades autónomas», según recoge la Seguridad Social. Fuera de ese perfil, la normativa no contempla otra vía de acceso para quienes todavía no han cumplido los 23 años.

Entre los 23 y los 29 años, el requisito central es haber vivido de forma independiente, legal y efectiva en España durante al menos dos años antes de presentar la solicitud, de manera que quede constancia de que el domicilio y el alta no dependían de tus padres. A esto se suman otras condiciones que la Seguridad Social exige a cualquier mayor de 23 años en esta situación: no estar casado (salvo que hayas iniciado los trámites de separación o divorcio), no estar unido a otra persona como pareja de hecho, y no formar parte de otra unidad de convivencia distinta a la de tus padres. A partir de los 30 años: basta con un año fuera de casa Si tienes más de 30 años, el plazo exigido se reduce, aunque no cambia el fondo del requisito. «Si se trata de personas mayores de 30 años, deberán acreditar que, durante el año inmediatamente anterior a dicha fecha, su domicilio ha sido distinto al de sus progenitores, tutores o acogedores», indica la Seguridad Social. Para este tramo de edad, la Seguridad Social pide además demostrar que durante esos doce meses has vivido en una casa diferente a la de tus padres, acreditar la vulnerabilidad económica y asumir la obligación de presentar la declaración de la renta.

Esa obligación de declarar permite a la Administración comprobar los ingresos y contrastar la situación económica que alegas en la solicitud. Y es que la vulnerabilidad económica no distingue entre tramos de edad: la propia Seguridad Social recuerda que, al margen de los años que tengas, es el requisito mínimo e imprescindible para acceder al Ingreso Mínimo Vital. Sin ese punto de partida, ninguna de las condiciones de convivencia que hemos repasado sirve por sí sola para cobrar la prestación. Cuánto se cobra el IMV y a cuántos hogares llega ya La fotografía más reciente del Ingreso Mínimo Vital la ofrece el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que en agosto llegó a 893.820 hogares en los que viven 2.725.899 personas.

La cuantía media de la prestación fue de 502,8 euros al mes por hogar, y solo en ese mes se destinaron 474,7 millones de euros a esta ayuda. El crecimiento respecto al año anterior también se nota en las cifras: en agosto había 128.915 prestaciones activas más que doce meses atrás, lo que confirma que el número de hogares beneficiarios sigue al alza. De esos beneficiarios, 1.103.781 son niños, niñas y adolescentes, una cifra que representa el 40,5% del total de personas que reciben la prestación en España. El INSS no desglosa cuántos de esos hogares corresponden a jóvenes que acceden al IMV gracias a las excepciones de convivencia que hemos repasado, así que no hay un dato concreto sobre cuántas de las 893.820 unidades familiares incluyen a hijos mayores de edad que siguen en casa de sus padres bajo alguno de estos supuestos.

Lo que sí dejan claro las cifras es el alcance que ha tomado esta prestación en el conjunto de los hogares españoles, con casi 2,8 millones de personas beneficiarias en todo el país. Si vives con tus padres y crees que podrías cumplir alguno de estos requisitos, el siguiente paso es comprobar tu situación económica concreta en los canales oficiales de la Seguridad Social, el único organismo que puede confirmar si tienes derecho a la prestación. ¿Encaja tu caso en alguno de estos supuestos?

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