La Seguridad Social paga el 100% del sueldo aunque no hayan cotizado si cumples este requisito

La Seguridad Social paga el 100% del sueldo aunque no hayan cotizado si cumples este requisito

La Seguridad Social recuerda que los trabajadores que donan un órgano o un tejido en vida tienen derecho a una baja laboral remunerada con el 100% de su sueldo, sin necesidad de acreditar un mínimo de cotización previa. La prestación, amparada en la Ley 6/2024, cubre desde las pruebas médicas previas hasta el alta por curación tras el trasplante. El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha difundido este recordatorio a través de su perfil en X, la red social antes conocida como Twitter. Vamos a ver qué cubre exactamente esta protección: la norma lleva en vigor desde finales de 2024, pero el organismo ha querido insistir en que cualquier persona que done un órgano o un tejido para trasplante queda cubierta, incluso si no reúne los requisitos de cotización que se exigen para otras bajas por contingencias comunes. ¿Qué cubre exactamente la baja por donación de órganos?

La Ley 6/2024, de 20 de diciembre, modificó la Ley General de la Seguridad Social para crear una situación especial de incapacidad temporal destinada a «aquella en la que se encuentre la persona trabajadora donante de órganos o tejidos para su trasplante», ampliando así los supuestos que dan derecho a esta prestación. La norma detalla qué periodos quedan protegidos: «tanto los días discontinuos como ininterrumpidos, en los que el donante reciba asistencia sanitaria de la Seguridad Social y esté impedido para el trabajo como consecuencia de la preparación médica de la cirugía, como los transcurridos desde el día del ingreso hospitalario para la realización de esta preparación o la realización del trasplante hasta que sea dado de alta por curación». Ten en cuenta que la cobertura no se limita al día de la operación: incluye también las pruebas y los tratamientos previos que confirman si la donación es viable. No hace falta haber cotizado antes para pedirla A diferencia de la baja habitual por contingencias comunes, que exige 180 días cotizados en los seis meses anteriores, esta situación especial prescinde de ese requisito.

Si eres trabajador por cuenta ajena, puedes acogerte a ella tengas la antigüedad que tengas en tu empleo o en el sistema de la Seguridad Social, incluso si acabas de firmar tu primer contrato esa misma semana. La medida evita que quienes llevan poco tiempo trabajando, o encadenan contratos cortos, se queden sin protección económica por el simple hecho de donar un órgano o un tejido. Basta con que la asistencia sanitaria pública acredite la donación en vida y el posterior trasplante para que se reconozca la incapacidad temporal, sin mirar tu historial de cotización. Esta situación especial se ha incorporado al régimen general de la Seguridad Social; si trabajas por cuenta propia, tu protección como autónomo se rige por las normas del RETA, que conviene consultar en tu caso concreto. ¿Cuánto se cobra y cómo se calcula el importe que paga la Seguridad Social?

Durante la baja, cobrarás el 100% de la base reguladora que correspondería a una incapacidad temporal por contingencias comunes, es decir, el sueldo íntegro desde el primer día, sin los porcentajes reducidos que se aplican en otras bajas. La Seguridad Social explica en su página sobre incapacidad temporal que esa base reguladora resulta de dividir la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior al inicio de la baja entre el número de días a que se refiere esa cotización: 30 en los salarios mensuales, y 28, 29, 30 o 31 en los salarios diarios, según el mes de que se trate. Existe una excepción si acabas de incorporarte a un puesto: si tu relación laboral empezó ese mismo mes, la base reguladora se calcula dividiendo la base de cotización entre los días que hayas cotizado de verdad hasta la fecha de la baja. La cotización sigue activa durante toda la baja No dejas de cotizar a la Seguridad Social mientras dura la incapacidad temporal.

La propia Ley 6/2024 lo deja por escrito: «La obligación de cotizar continuará en la situación de incapacidad temporal, cualquiera que sea su causa, incluidas las situaciones especiales de incapacidad temporal». Esto evita que el periodo de recuperación tras la donación abra lagunas en tu historial laboral que puedan afectar, más adelante, a prestaciones como la jubilación o el desempleo. La ley no fija un número concreto de días de baja: la cobertura se extiende desde el ingreso hospitalario para la preparación de la cirugía hasta que recibas el alta por curación, según marca el propio texto legal. Si estás pensando en donar un órgano o un tejido, puedes consultar las condiciones de esta baja especial a través de tu mutua o del Instituto Nacional de la Seguridad Social, que gestiona la prestación desde que la reforma entró en vigor a finales de 2024.

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