El Real Decreto 1055/2022 que marca el inicio del cargo de un importe extra por cada botella y lata comprada entrará en vigor en noviembre. Ahora ya se conoce cuál será la lista de bebidas que se verán afectadas y se confirman distintos aspectos adicionales, como si el cargo se aplicará por cada botella o por cada pack de seis o doce unidades. España se prepara para un cambio importante en lo relacionado con la forma en la que se compran bebidas en botella o en lata. Será el recargo de los envases del que se ha hablado en distintas ocasiones y que los ciudadanos ya están temiendo.
No obstante, no hay que olvidar que se dará la posibilidad de recuperar ese cargo al reciclar la botella en las máquinas que se habilitarán para ello. ¿Cuánto habrá que pagar y cómo? El nuevo sistema pone a España a la altura de lo que se está haciendo en otros países y busca que el país pueda alcanzar un nivel de reciclaje superior. Los ciudadanos tendrán que hacer esfuerzo por su parte, puesto que se cobrará un importe de 0,10 céntimos por cada botella o lata y luego habrá que proceder a su reciclado para poder recuperarlo. Los diez céntimos se cargarán por cada unidad.
Esto significa que, si compras una lata de refresco, pagarás 0,10 céntimos más. Pero, al mismo tiempo, si compras un pack de seis latas, tendrás que pagar 0,60 céntimos extra. Si bien en una botella de agua o en una lata posiblemente no sea una diferencia que se vaya a notar, en estos packs sí que llegará a afectar al ticket de la compra. Como indicábamos, este recargo se aplicará a los siguientes envases: - Latas - Botellas - Briks Aunque los consumidores tendrán que hacer frente al pago del recargo y luego realizar el reciclado para recuperar los diez céntimos, las tiendas también tendrán parte de responsabilidad.
Así, supermercados como Mercadona o Alcampo deberán habilitar máquinas de reciclaje en las que los clientes meterán las botellas para recibir los diez céntimos de cada una. El sistema podría utilizar tarjetas de saldo en las que el importe se iría recargando con la intención de poder usar después esa cantidad a la hora de comprar más bebidas o hacer otras compras en los supermercados. Este es un sistema que ya existen en países como Alemania en Europa o en Japón, en Asia. Como los 10 céntimos no están dentro del precio de producto y no pueden tributar, se establece que será un recargo a modo de «fianza».
Los consumidores estarán comprometidos con hacer el reciclado y, así, cuando lo reciclen conseguirán el dinero de vuelta. Si no reciclan la botella, perderán los 10 céntimos de cada una. ¿Qué bebidas están incluidas? Esta nueva normativa todavía es confusa y son muchos los ciudadanos que están un poco perdidos sobre lo que supondrá su entrada en vigor. Lo más importante, más allá de esclarecer que habrá que pagar los 10 céntimos por cada unidad y no por cada pack, será saber a qué envases afectará.
Así, el SDDR no establece obligatoriamente que haya que pagar los diez céntimos en todos los envases, sino solo aquellos que sean bebidas de un solo uso. Las bebidas que tendrán el recargo serán botellas de plástico de cualquier cantidad mínima hasta un máximo de 3 litros. Eso haría que entren las botellas de 2 litros más habituales en los supermercados. Estas botellas serán aplicables a las siguientes bebidas: - Agua mineral o agua de manantial - Bebidas refrescantes (refrescos) - Zumos y néctares - Bebidas energéticas y bebidas isotónicas - Algunas bebidas alcohólicas Además, como forma de que la nueva normativa pueda ser funcional, también se abarcan las latas y aquellos envases de cartón en los que se comercialicen las mismas bebidas.
El motivo de hacer este sistema incluyendo latas y cartón es que las bebidas en botellas de plástico no acaben desapareciendo. En cualquier caso, el sistema recordará a los tiempos en los que las botellas de vidrio y su reciclaje eran un estándar en España.