Bloomberg Línea — La Asamblea Nacional de Ecuador aprobó el 3 de septiembre una reforma a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, que, entre otras cosas, regulará el servicio de reparto a domicilio o delivery. Gracias a la iniciativa, se creará un registro nacional de repartidores de comida o bienes de pequeño tamaño, en el que los conductores deberán inscribirse de manera obligatoria para brindar este servicio. El registro será administrado por la Agencia Nacional de Regulación y Control del Transporte Terrestre (ANT), en coordinación con los gobiernos seccionales y entidades de seguridad. También se establecerán responsabilidades para las plataformas digitales y se fijarán estándares de seguridad para los conductores, informó la Asamblea Nacional en un comunicado. “Asimismo, se reconoce y regula a escala nacional el uso de bicicletas, scooters y otros vehículos de micromovilidad, promoviendo una convivencia vial más segura entre peatones, conductores y usuarios de estos medios de transporte”, añadió el Legislativo.
Respecto a las scooters, bicicletas eléctricas y, en general, a los vehículos de movilidad personal, la ANT tendrá que definir las condiciones técnicas y los gobiernos locales, aterrizar las reglas a sus jurisdicciones. La propuesta fue avalada con 87 votos a favor, 50 en contra y dos abstenciones. Ahora, será remitida al presidente de Ecuador, Daniel Noboa, para su sanción y que entre en vigencia. Los requisitos que deberán cumplir los repartidores en Ecuador Los requisitos con que deberán contar los repartidores o prestadores del servicio de delivery una vez comience a regir la reforma son: - Tener licencia de conducción de motocicletas. - Portar casco de seguridad homologado y chaleco reflectivo que permitan la identificación del número de placa de la motocicleta. - Utilizar mochilas, cajas o contenedores destinados al transporte de bienes de pequeño tamaño que no interfieran con la estabilidad, maniobrabilidad ni visibilidad del conductor. - Acatar las dimensiones y pesos máximos de bienes que podrán transportar, que serán determinados por la Agencia Nacional de Regulación del Transporte Terrestre. - No llevar acompañantes en las motocicletas mientras se presta el servicio de delivery. - Inscribirse al registro nacional de repartidores mediante la plataforma tecnológica que se destine para tales efectos. - Los ciudadanos extranjeros deberán tener su licencia de conducción homologada y, una vez que pierda la vigencia, realizar el trámite para obtener la licencia ecuatoriana.